🎉 Envíos gratis en la compra de 2 libros
Mostrando 1–18 de 62 resultados
La presente obra busca orientar al lector respecto de la Valoración Aduanera, desde su ámbito de creación dentro del GATT, además del estudio de los organismos internacionales que intervienen en su administración y desarrollo. Asimismo, se analiza la metodología que establece el denominado “Acuerdo de Valor”, referente indispensable para la comprensión del capítulo denominado Base Gravable en la Ley Aduanera. Se abordan los temas relativos a los métodos de valor que dispone el GATT y la legislación mexicana, así como su aplicación, los gastos incrementables y los gastos no incrementables. También se incluye el estudio de los Comités que resuelven controversias relativos a la determinación del valor. Nuestro país, ha establecido otras disposiciones relacionadas con el valor en aduana, como lo son, las consultas en materia de comercio exterior, el rechazo del valor, así como las fuentes para motivar las re soluciones; por tal motivo se estudian dichas circunstancias. Por
La presente obra busca orientar al lector respecto de la Valoración Aduanera, desde su ámbito de creación dentro del GATT, además del estudio de los organismos internacionales que intervienen en su administración y desarrollo. Asimismo, se analiza la metodología que establece el denominado “Acuerdo de Valor”, referente indispensable para la comprensión del capítulo denominado Base Gravable en la Ley Aduanera. Se abordan los temas relativos a los métodos de valor que dispone el GATT y la legislación mexicana, así como su aplicación, los gastos incrementables y los gastos no incrementables. También se incluye el estudio de los Comités que resuelven controversias relativos a la determinación del valor. Nuestro país, ha establecido otras disposiciones relacionadas con el valor en aduana, como lo son, las consultas en materia de comercio exterior, el rechazo del valor, así como las fuentes para motivar las re soluciones; por tal motivo se estudian dichas circunstancias. Por
El Estado como organización político-jurídica es el resultado de una necesidad social incuestionable, ya que no es imaginable en el mundo moderno la vida colectiva, sin la presencia de instituciones y organizaciones constructoras de la estabilidad y el orden, que no sólo interesan al Derecho, sino también al plano político.
El Estado como organización político-jurídica es el resultado de una necesidad social incuestionable, ya que no es imaginable en el mundo moderno la vida colectiva, sin la presencia de instituciones y organizaciones constructoras de la estabilidad y el orden, que no sólo interesan al Derecho, sino también al plano político.
El tema de los contratos, en gran medida, se erige como el mundo del Derecho desde los tiempos más pretéritos, es probable que en torno a los acuerdos, que serían los equivalentes del contrato contemporáneo, se hayan dado los primeros esbozos de los fenómenos jurídicos. La evidencia antropológica y arqueológica parece robustecer dicha teo- ría; […]
(TRATADO ENTRE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA Y CANADÁ).
(TRATADO ENTRE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA Y CANADÁ).
Firmado por los tres países el 30 de noviembre de 2018, el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), el protocolo modificatorio del 10 de diciembre de 2019 y los ocho acuerdos paralelos del 29 de julio de 2019 entraron en vigor el 1 de julio de 2020 como tratado comercial, conformando un híbrido en relación con el TLCAN (Tratado de Libre Comercio de América del Norte), pues su complejidad define dicho carácter. En efecto, no ratifica la filosofía del libre comercio de la OMC (Organización Mundial del Comercio) y del TLCAN, ya que establece medidas anómalas, como aranceles, cupos y sanciones, al margen de los propios mecanismos del T-MEC.
Firmado por los tres países el 30 de noviembre de 2018, el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), el protocolo modificatorio del 10 de diciembre de 2019 y los ocho acuerdos paralelos del 29 de julio de 2019 entraron en vigor el 1 de julio de 2020 como tratado comercial, conformando un híbrido en relación con el TLCAN (Tratado de Libre Comercio de América del Norte), pues su complejidad define dicho carácter. En efecto, no ratifica la filosofía del libre comercio de la OMC (Organización Mundial del Comercio) y del TLCAN, ya que establece medidas anómalas, como aranceles, cupos y sanciones, al margen de los propios mecanismos del T-MEC.
Firmado por los tres países el 30 de noviembre de 2018, el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), el protocolo modificatorio del 10 de diciembre de 2019 y los ocho acuerdos paralelos del 29 de julio de 2019 entraron en vigor el 1 de julio de 2020 como tratado comercial, conformando un híbrido en relación con el TLCAN (Tratado de Libre Comercio de América del Norte), pues su complejidad define dicho carácter. En efecto, no ratifica la filosofía del libre comercio de la OMC (Organización Mundial del Comercio) y del TLCAN, ya que establece medidas anómalas, como aranceles, cupos y sanciones, al margen de los propios mecanismos del T-MEC.
El Centro Universitario de Estudios Jurídicos (CUEJ) tiene el agrado de presentar las Reglas Generales de Comercio Exterior 2023 (RGCE), las cuales cuentan con los comentarios, materiales y videos de destacados profesores de este Centro educativo: la Dra. Gabriela de la Cruz Hernández, Mtra. Marlene Cruz Luna, Dr. Héctor Díaz Arzola, Dr. César Omar Correa Alcalá, Dr. Carlos Muñoz Villavicencio, Mtro. Jaime Nova Palma, Mtro. Ángel Mendoza Rivas.
El Centro Universitario de Estudios Jurídicos (CUEJ) tiene el agrado de presentar las Reglas Generales de Comercio Exterior 2023 (RGCE), las cuales cuentan con los comentarios, materiales y videos de destacados profesores de este Centro educativo: la Dra. Gabriela de la Cruz Hernández, Mtra. Marlene Cruz Luna, Dr. Héctor Díaz Arzola, Dr. César Omar Correa […]
El Recinto Fiscalizado Estratégico (RFE) es un régimen aduanero establecido en la Ley Aduanera que es desconocido por muchos, pero que representa muchos beneficios para las personas que destinan sus mercancías al mismo y que saben utilizarlo. A diferencia de los recintos fiscalizados tradicionales, que sólo ejercen funciones de guarda, almacenaje y custodia de las […]
El Recinto Fiscalizado Estratégico (RFE) es un régimen aduanero establecido en la Ley Aduanera que es desconocido por muchos, pero que representa muchos beneficios para las personas que destinan sus mercancías al mismo y que saben utilizarlo. A diferencia de los recintos fiscalizados tradicionales, que sólo ejercen funciones de guarda, almacenaje y custodia de las mercancías de comercio exterior, el RFE permite, además, la exhibición, venta, distribución, elaboración, transformación y reparación de éstas (art.135-B de la Ley Aduanera). Es un régimen muy completo y que otorga ventajas a los importadores y exportadores. El RFE tiene también la ventaja de que puede ser colindante o no colindante con la aduana, lo que permite que se pueda instalar a metros o kilómetros de la misma, ayudando a descongestionar las aduanas marítimas o aéreas que tienen un espacio reducido y permitiendo su ubicación en diferentes partes del territorio nacional. Otra ventaja consiste en
Considerando que el objeto de estudio del derecho es de naturaleza individual y colectiva, pues hablamos de entes en lo singular y en su naturaleza grupal y, tomando en cuenta que se unifican al hablar del ser en tanto persona y dándole el significado que tiene la persona, resulta de suma importancia conocer a ésta desde diversas perspectivas.
Considerando que el objeto de estudio del derecho es de naturaleza individual y colectiva, pues hablamos de entes en lo singular y en su naturaleza grupal y, tomando en cuenta que se unifican al hablar del ser en tanto persona y dándole el significado que tiene la persona, resulta de suma importancia conocer a ésta desde diversas perspectivas.
Sandra Regina Hernández Zetina “El estado, entendido en amplio sentido, tiene la obligación de ser el garante de la seguridad pública y es el responsable de conservar el orden y la paz sociales, para que los individuos puedan dirigir sus esfuerzos hacia el desarrollo y crecimiento del país, sin temores ni preocupaciones a ser agredidos, atacados o desposeídos, o, habiendo sido víctima de ello, existan mecanismos que aseguren castigo o represión legitima al causante, por lo que en la presente obra se analizará la actuación de los cuerpos de seguridad como actor principal de la investigación en el proceso penal acusatorio.”